6. Caso de Joaquín Cortés
- Anuncio de televisión de la marca de leche Letona S.A. emitido en 1998.
- Joaquín Cortés presentó una demanda en la Audiencia de Barcelona por intromisión ilegítima del derecho a la propia imagen.
- El Artículo 18.1 de la Constitución Española considera como intromisión ilegítima al derecho a la propia imagen, utilizar dicha imagen sin el consentimiento otorgado por el afectado de forma expresa con fines comerciales o publicitarios.
- La doctrina jurisprudencial ha hecho vigente el principio de recognoscibilidad, por el que se incurre en intromisión ilegítima del derecho a la propia imagen cuando la representación de la imagen permite la identificación de la persona.
- Artículo 12 de la Ley de Competencia Desleal de 1991: “Se considera desleal el aprovechamiento indebido, en beneficio propio o ajeno, de las ventajas de la reputación industrial, comercial o profesional adquirida por otro en el mercado”.
- La marca de leche Letona S.A. fue condenada en 2002 a indemnizar a Joaquín Cortés por daños y perjuicios.

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